(Créditos que cubre el fondo y su verificación).- El fondo referido en el artículo anterior, se destinará al pago de los créditos laborales adeudados por la empresa Pili S.A. a los trabajadores de su plantilla a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. Dichos créditos deberán verificarse a través del procedimiento que establecerá el Banco de Previsión Social.