DECLARACION Y CREACION DE SITIOS DE MEMORIA HISTORICA DEL PASADO RECIENTE




Promulgación: 13/07/2018
Publicación: 14/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 6

   (Ámbito territorial).- A los efectos de lo dispuesto en los artículos 3° y 4° de la presente ley, podrán ser declarados Sitios de Memoria Histórica los inmuebles públicos o privados, espacios públicos y otros lugares vinculados a hechos ocurridos con violaciones de los derechos humanos o resistencia de individuos u organizaciones contra el terrorismo y uso ilegítimo del poder del Estado.
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