DECLARACION Y CREACION DE SITIOS DE MEMORIA HISTORICA DEL PASADO RECIENTE




Promulgación: 13/07/2018
Publicación: 14/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 23

   (Órgano competente para la aplicación de los artículos 7° y 8° de la Ley N° 18.596, de 18 de setiembre de 2009).- A partir de la promulgación de la presente ley, la Comisión Nacional Honoraria de Sitios de Memoria es el órgano competente, en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura, a fin de aplicar lo dispuesto en los artículos 7° y 8° de la Ley N° 18.596, de 18 de setiembre de 2009.
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