DECLARACION Y CREACION DE SITIOS DE MEMORIA HISTORICA DEL PASADO RECIENTE




Promulgación: 13/07/2018
Publicación: 14/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 22

   (Archivo y custodia).- El archivo, custodia y preservación de toda la documentación correspondiente a los Sitios de Memoria Histórica se coordinará con el Archivo General de la Nación y recibirá el asesoramiento técnico y asistencia necesarios para organizar los archivos relacionados con los sitios respectivos.
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