LEY INTEGRAL CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS. ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA VIGENTE.DEROGACION DE ARTICULOS DEL DECRETO LEY 14.294 Y LEYES 17.835, 18.494, 18.914 Y 19.149
(Prestadores de servicios de administración, contabilidad
o procesamiento de datos).- Las personas físicas o jurídicas que
actuando desde el territorio nacional presten servicios de
administración, contabilidad o procesamiento de datos en apoyo a la
gestión de negocios de personas físicas o jurídicas que, en forma
profesional y habitual, desarrollen actividades financieras en el
exterior, deberán registrarse ante la Secretaría Nacional para la
Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo,
condiciones que esta reglamentará en cuanto servicios alcanzados y
registro. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.469 de 19/03/2026 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017 artículo 25.