APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2016




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 03/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 155

   Autorízase al Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", a
transformar en la unidad ejecutora 007 "Inspección General del Trabajo y
de la Seguridad Social" los cargos vacantes de Inspector IV, Serie
"Condiciones Generales de Trabajo", escalafón B, grado 07, que se generen como resultado de los concursos de ascenso, en cargos vacantes de
Inspector III, Serie "Condiciones Generales de Trabajo" o "Condiciones
Ambientales de Trabajo", escalafón B, grado 08, hasta el 29 de febrero de
2020 o hasta que se complete el número de cargos estipulado en el Convenio
Colectivo de 18 de setiembre de 2015 entre el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, la Asociación de Inspectores de Trabajo del Uruguay
(AITU) y la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado
(COFE).
   Las transformaciones dispuestas se financiarán con el crédito
presupuestal resultante de la supresión de un cargo escalafón D, grado 8,
denominación "Inspector III", serie "Condiciones Generales de Trabajo",
de la unidad ejecutora 007 "Inspección General del Trabajo y de la
Seguridad Social". (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 199.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 155.
Ayuda