APROBACION DE LAS DIRECTRICES NACIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 18/08/2017
Publicación: 19/09/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 30/020 de 27/01/2020.
Referencias a toda la norma

DIRECTRICES NACIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CAPÍTULO III - ESTRUCTURA Y ACTUACIONES TERRITORIALES ESTRATÉGICAS

Artículo 11

   (Orientación de políticas sectoriales).- Los organismos nacionales responsables de la protección de derechos humanos, entre otros, educativos y sanitarios, y la prestación de distintos servicios, entre ellos turísticos, de la dotación de infraestructura de conectividades y de la determinación de usos preferentes, de acuerdo a sus alcances y cometidos, deberán orientar sus políticas sectoriales a:

   A)   Promover el desarrollo nacional integral con vocación
        descentralizadora territorial y funcional desarrollando
        servicios, equipamientos e infraestructuras, con criterios de
        complementariedad, que garanticen la cobertura y acceso universal
        a la población, implementando medidas de compensación ante los
        desequilibrios existentes.

   B)   Definir una estructura vial jerarquizada para el transporte de
        cargas, vinculante entre rutas nacionales, vías departamentales,
        principales nodos, equipamientos (puertos y aeropuertos) y
        conexiones internacionales y establecer los criterios para la
        localización coordinada de proyectos estratégicos y obras de
        grandes equipamientos, en el marco de sus relaciones con las
        actividades productivas y el sistema urbano-territorial nacional
        e internacional.
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