APROBACION DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA




Promulgación: 23/12/2016
Publicación: 05/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
                               

CAPÍTULO I - ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1

   El presente Estatuto se aplicará a los funcionarios de la Agencia Nacional de Vivienda -excepto los políticos y de particular confianza- que se desempeñen en cargos presupuestados o con contrato de función pública, en régimen de subordinación jerárquica.

   Son cargos de particular confianza los de Gerente General, Secretario General, Asesor Letrado y Asesor de Comunicación Institucional. (*)

                              

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 50 (vigencia).

TABARÉ VÁZQUEZ - ENEIDA de LEÓN
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