APROBACION DE EXONERACIONES FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES Y A LA POBLACION AFECTADA POR EL TORNADO ACAECIDO EN LA CIUDAD DE DOLORES. SORIANO




Promulgación: 14/12/2016
Publicación: 04/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 5

   Exonérase a las obras privadas de reconstrucción de edificaciones afectadas por los eventos climáticos del 15 de abril de 2016 acaecidos en la ciudad de Dolores, departamento de Soriano, del componente patronal de los aportes al Banco de Previsión Social comprendidos en el inciso primero del artículo 5° del Decreto-Ley N° 14.411, de 7 de agosto de 1975, así como de la aportación prevista por el inciso E) del artículo 71 de la Ley N° 17.738, de 7 de enero de 2004.

   La exoneración comprenderá la cuotaparte correspondiente al seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a cargo del Banco de Seguros del Estado, sin perjuicio de mantenerse la cobertura de dichas contingencias por parte del referido organismo durante la vigencia de la exoneración.
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