APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2015




Promulgación: 14/10/2016
Publicación: 26/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 - ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 133

   Facúltase a la Contaduría General de la Nación, a solicitud del Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", a reasignar para el ejercicio 2017 hasta $ 15.000.000 (quince millones de pesos uruguayos) del programa 440 "Atención Integral a la Salud", proyecto 973 "Inmuebles", al grupo 0 "Servicios personales", a los efectos de continuar el proceso de fortalecimiento del trabajo de enfermería en los servicios asistenciales del organismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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