APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2015




Promulgación: 14/10/2016
Publicación: 26/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL

Artículo 100

   Asígnase al Inciso 16 "Poder Judicial", unidad ejecutora 101 "Poder Judicial", programa 202 "Prestación de Servicios de Justicia", una partida presupuestal en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", por un crédito anual de $ 3.606.252 (tres millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta y dos pesos uruguayos) para el año 2017 y una partida incremental de $ 3.712.503 (tres millones setecientos doce mil quinientos tres pesos uruguayos) a partir del año 2018, en el objeto del gasto 199.000 "Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores", con destino a los gastos asociados a la puesta en funcionamiento de la reforma procesal aduanera.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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