AUTORIZACION DE AUMENTO DEL CAPITAL ACCIONARIO DE URUGUAY EN LA CORPORACION INTERAMERICANA DE INVERSIONES (CII)




Promulgación: 23/09/2016
Publicación: 07/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase el aumento del capital accionario de la República Oriental del Uruguay en la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) por un monto de US$ 15:968.278,20 (quince millones novecientos sesenta y ocho mil doscientos setenta y ocho dólares de los Estados Unidos de América con 20/100).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, el Gobierno de la República suscribirá hasta un total de 987 acciones adicionales, con un valor de US$ 16.178,60 (dieciséis mil ciento setenta y ocho dólares de los Estados Unidos de América con 60/100) cada una.

Artículo 3

   Las obligaciones que demande la presente ley serán atendidas con recursos propios del Banco Central del Uruguay y formarán parte de su capital, de acuerdo con lo establecido por el artículo 471 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, y artículo 2° de la Ley N° 15.787, de 6 de diciembre de 1985.

Artículo 4

   El Banco Central del Uruguay realizará las gestiones y operaciones necesarias por cuenta y orden del Estado a efectos de integrar el aumento de capital accionario referido en la presente ley.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - JOSÉ LUIS CANCELA
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