PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Artículo 54

   Cométese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) la creación del Registro Nacional de Intervenciones Públicas. El Registro contendrá una base de datos de todas las intervenciones públicas y sus evaluaciones, definidas de acuerdo con lo dispuesto en el literal G) del artículo 39 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y sus modificativas, financiadas total o parcialmente con fondos públicos, comprendiendo estas proyectos, programas, planes o políticas.

   Cada organismo designará referentes, quienes serán responsables de la veracidad y actualización de la información que sea provista, en base a los lineamientos técnicos y plazos establecidos por la OPP. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 69.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 54.
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