PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 12 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 452

   La Red Integrada de Efectores Públicos de Salud (RIEPS) creada por el artículo 741 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, pasará a depender de la unidad ejecutora 106 "Dirección General de Coordinación" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", debiendo transferirse las asignaciones presupuestales previstas para gastos de funcionamiento.

   El representante de la unidad ejecutora "Dirección General de Coordinación" en la RIEPS presidirá el Consejo Directivo de la misma.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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