SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 06
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 252
La expedición de testimonios de partidas de estado civil por parte de las Oficinas Consulares de la República, mediante el sistema electrónico de la Dirección General del Registro de Estado Civil y de los Gobiernos Departamentales, será gratuita.