TÍTULO IV
DERECHOS DE LAS PERSONAS CAPÍTULO III
DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Artículo 35
(Derecho a la accesibilidad a los servicios de comunicación audiovisual).- Las personas con discapacidad, para poder ejercer su derecho a la libertad de expresión y de información en igualdad de oportunidades que las demás personas, tienen derecho a la accesibilidad a los servicios de comunicación audiovisual.