REGIMEN DE RESIDENCIAS MEDICAS HOSPITALARIAS. DEROGACION DE LAS LEYES 18.438 Y 18.459




Promulgación: 26/12/2014
Publicación: 08/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1294
Reglamentada por: Decreto Nº 274/016 de 12/09/2016.

CAPÍTULO II
DE LA FORMACIÓN DE POSTGRADO EN EL SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS MÉDICAS

Artículo 4

   En el Sistema Nacional de Residencias Médicas, los médicos que cumplen los programas de formación académica de especialista, a los efectos de obtener el título respectivo, deberán asimismo cumplir con las funciones asistenciales propias del cargo de Residente, con grados de complejidad y responsabilidad crecientes.

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