APROBACION DEL CODIGO DE ETICA MEDICA




Promulgación: 25/09/2014
Publicación: 17/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 637
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VII
RELACIÓN CON COLEGAS, CON OTROS PROFESIONALES Y CON LAS INSTITUCIONES
SECCIÓN II RELACIÓN CON OTROS PROFESIONALES

Artículo 75

 Como integrante del equipo de salud el médico respetará el trabajo y la
independencia de otros profesionales y exigirá reciprocidad. La jerarquía
dentro del equipo deberá ser permanente pero no podrá constituir un
instrumento de dominio o exaltación personal. El médico solo es
responsable de aquellos actos del equipo, que le incumbe controlar
personalmente.
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