APROBACION DE LA LEY DE ORGANIZACION CONSULAR




Promulgación: 18/09/2014
Publicación: 25/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 488
Referencias a toda la norma

Artículo 22

 Los Cónsules Generales y Jefes o Encargados de Sección Consular
desempeñarán funciones de Cónsul de distrito en la localidad de su
residencia o en la jurisdicción que se les asigne, salvo que el Poder
Ejecutivo resuelva lo contrario.
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