APROBACION DE LA LEY DE ORGANIZACION CONSULAR




Promulgación: 18/09/2014
Publicación: 25/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 488
Referencias a toda la norma

Artículo 19

 Los Cónsules Generales y Jefes o Encargados de Sección Consular dependen
directamente del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Jefe de Misión
acreditado en el país de su residencia. Los Cónsules y Vicecónsules del
Cónsul General respectivo, y donde no hubiere Cónsul General, del Jefe o
Encargado de Sección Consular.

Los Oficiales de Cancillería y funcionarios de la Oficina Consular
dependen directamente del funcionario consular que los haya nombrado.

En caso de situaciones no contempladas en los numerales anteriores,
dependerán directamente del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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