REGULACION DE LA ACTIVIDAD TURISTICA




Promulgación: 28/08/2014
Publicación: 09/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 276
Reglamentada por:
      Decreto Nº 320/019 de 28/10/2019,
      Decreto Nº 278/015 de 13/10/2015,
      Decreto Nº 266/015 de 05/10/2015,
      Decreto Nº 267/015 de 05/10/2015,
      Decreto Nº 268/015 de 05/10/2015.
 Según lo dispuesto por el Decreto Nº 328/014, artículo 1:
 ver referencias normativas al Decreto - Ley Nº 14.335
Referencias a toda la norma

TÍTULO IV
DE LAS FORMAS DE FINANCIAR EL TURISMO NACIONAL
CAPÍTULO I DEL FONDO DE FOMENTO DEL TURISMO

Artículo 27

 Asimismo, se autoriza al Ministerio de Turismo y Deporte a generar fondos
cofinanciados con particulares, en una proporción de hasta 70% (setenta
por ciento) de aporte público para proyectos de distinta naturaleza o
actividades concretas que se aprueben, siendo el Ministerio el encargado
de aplicar el 100% (cien por ciento) de los fondos en la forma prevista en
los proyectos aprobados. Los aportes privados no adquirirán, en ningún
caso, la condición de fondos públicos.
Para la ejecución de los proyectos aprobados se podrá designar, de la Mesa
Ejecutiva del Consejo Nacional de Turismo, un equipo que evalúe y realice
el seguimiento de los fondos de origen público y privado, destinados al
efecto.
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