LEY DE EDUCACION POLICIAL Y MILITAR




Promulgación: 07/01/2014
Publicación: 20/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 11
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
DE LA EDUCACION POLICIAL

Artículo 9

 (Definición del Sistema de Educación Policial).- La conducción del
sistema educativo policial estará a cargo del Ministerio del Interior.
La dirección del sistema educativo policial se integra por:
1)     Autoridades educativas de la Escuela Nacional de Policía.
2)     Un representante del Sistema Nacional de Educación Pública.
3)     Autoridades educativas de los Institutos de Formación y
       Capacitación del Sistema de Educación Policial.
4)     Docentes.
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