EXTENSION DEL REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO AL BPS PARA LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS, ASOCIACIONES CIVILES E INSTITUCIONES DEPORTIVAS




Promulgación: 29/12/2013
Publicación: 20/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2336

Artículo 1

 Facúltase al Banco de Previsión Social a extender el régimen de
facilidades de pago previsto por los artículos 1° y 2° de la Ley N°
17.963, de 19 de mayo de 2006, a asociaciones sin fines de lucro y a micro
y pequeñas empresas, por deudas devengadas al 31 de julio de 2013, por
concepto de contribuciones especiales de seguridad social recaudadas por
dicho ente autónomo, incluyendo aportes al Fondo Nacional de Salud.
El Poder Ejecutivo reglamentará el alcance del inciso anterior.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 50/014 de 25/02/2014.
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BRENTA - MARIO BERGARA
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