DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2274
Reglamentada por: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO X
INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 75

 (Infracción).- Constituye infracción y será sancionada toda acción u
omisión contraria a las disposiciones contenidas en la presente ley, a las
obligaciones derivadas de los acuerdos internacionales de los que es parte
el Estado y a los reglamentos y resoluciones administrativas que se dicten
en materia pesquera y acuícola.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 79.
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