DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2274
Reglamentada por: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV
RÉGIMEN DE ACCESO A LA ACTIVIDAD PESQUERA
SECCIÓN II PESCA DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

Artículo 41

 (Limitaciones del permiso de pesca de investigación científica).- El
permiso de pesca con fines científicos o docentes contendrá las
limitaciones específicas que la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos
(DINARA) considere oportuno establecer y el período por el cual será
otorgado, el que no podrá exceder de un año.
Por resolución fundada se podrá renovar el plazo del permiso por una sola
vez, por igual período y en las condiciones que la DINARA estime
convenientes.
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