DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2274
Reglamentada por: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III
MEDIDAS GENERALES DE ORDENACIÓN PESQUERA Y ACUÍCOLA
SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 21

 (Pesca con veneno o explosivos).- Se prohíbe toda forma de explotación de
los recursos hidrobiológicos mediante la utilización de venenos o
explosivos o cualquier otra práctica que cause efectos destructivos, así
como el vertido de sustancias que en cualquier forma destruyan el
ecosistema.
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