REGULACION DE LAS TECNICAS DE REPRODUCCION HUMANA ASISTIDA




Promulgación: 22/11/2013
Publicación: 29/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2088
Reglamentada por:
      Decreto Nº 84/015 de 27/02/2015,
      Decreto Nº 311/014 de 30/10/2014.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 8

 (Suspensión de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida).- La mujer a
la que se le apliquen las técnicas de reproducción humana asistida podrá
disponer que se suspendan las mismas antes de la fecundación del óvulo.
Tal manifestación de voluntad deberá hacerse por escrito y con los mismos
requisitos que se siguieron para consentir.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 32 (vigencia).
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