(Suspensión de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida).- La mujer a
la que se le apliquen las técnicas de reproducción humana asistida podrá
disponer que se suspendan las mismas antes de la fecundación del óvulo.
Tal manifestación de voluntad deberá hacerse por escrito y con los mismos
requisitos que se siguieron para consentir.