(Deber del Estado).- El Estado garantizará que las técnicas de
reproducción humana asistida queden incluidas dentro de las prestaciones
del Sistema Nacional Integrado de Salud con el alcance dispuesto en la
presente ley.
Asimismo, promoverá la prevención de la infertilidad combatiendo las
enfermedades que la puedan dejar como secuela, así como la incidencia de
otros factores que la causen.