APROBACION DE LA ENMIENDA AL ARTICULO 3 DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE (FONDO INDIGENA)
Apruébase la "Enmienda al Artículo 3 del Convenio Constitutivo del Fondo
para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe"
(Fondo Indígena), adoptada por la Resolución N° 8 de la Octava Asamblea
General Ordinaria del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de
América Latina y el Caribe (FILAC), que tuvo lugar en la ciudad de México
D.F., en los días 7 y 8 de noviembre de 2008.(*)