SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 04
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 90
Asígnase al Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460
"Prevención y Represión del Delito", Unidad Ejecutora 001 "Secretaría
del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una
partida anual de $ 1.861.776 (un millón ochocientos sesenta y un mil
setecientos setenta y seis pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y
cargas legales, con destino al pago de una compensación especial al
Director Nacional de la Guardia Republicana, Subjefe de la Jefatura de
Policía de Montevideo, Directores Generales de Represión del Tráfico
Ilícito de Drogas, de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, de
Información e Inteligencia, del Centro de Comando Unificado y Director
de Hechos Complejos. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 180.
Ver vigencia:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3,
Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 2,
Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 2.
Redacción dada anteriormente por:
Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 55,
Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 133.
Reglamentado por: Decreto Nº 92/013 de 06/03/2013.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).
TEXTO ORIGINAL:
Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 55,
Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 133,
Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 90.