APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 90

   Asígnase al Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 
   "Prevención y Represión del Delito", Unidad Ejecutora 001 "Secretaría 
   del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una 
   partida anual de $ 1.861.776 (un millón ochocientos sesenta y un mil 
   setecientos setenta y seis pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y 
   cargas legales, con destino al pago de una compensación especial al 
   Director Nacional de la Guardia Republicana, Subjefe de la Jefatura de 
   Policía de Montevideo, Directores Generales de Represión del Tráfico 
   Ilícito de Drogas, de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, de 
   Información e Inteligencia, del Centro de Comando Unificado y Director 
   de Hechos Complejos. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 180.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3,
      Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 2,
      Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 2.
Redacción dada anteriormente por:
      Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 55,
      Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 133.
Reglamentado por: Decreto Nº 92/013 de 06/03/2013.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 55, Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 133, Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 90.
Referencias al artículo
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