APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2011




Promulgación: 07/11/2012
Publicación: 22/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1250
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 48

   Facúltase al "Servicio de Material y Armamento" a disponer la
suspensión de los locales de las empresas que giren en el ramo de armas,
municiones, explosivos u otros materiales relacionados que cometan
infracciones a la reglamentación vigente, hasta por un plazo máximo de
noventa días, así como el retiro definitivo de los correspondientes
permisos, y el pase a la justicia penal si correspondiere, de acuerdo con
el procedimiento que reglamentará el Poder Ejecutivo, en el que se
tendrán en cuenta las garantías del debido proceso. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 41/017 de 13/02/2017.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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