RESTITUCION DE PERSONAS MENORES DE DIECISEIS AÑOS TRASLADADAS O RETENIDAS ILICITAMENTE. REGULACION




Promulgación: 20/04/2012
Publicación: 22/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 734

Artículo 2

 Se excluye expresamente del proceso regulado en la presente ley la
decisión sobre el fondo del asunto de la guarda, la que es materia
privativa de la jurisdicción del Estado de residencia habitual de la
persona de menos de dieciséis años de edad. Mientras se tramita la
solicitud de restitución quedan en suspenso los procesos tendientes a
resolver sobre el fondo de la guarda o custodia, que puedan encontrarse en
trámite.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 27.
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