Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, por un plazo de hasta un año, el subsidio por desempleo especial de los ex trabajadores de la empresa PAYLANA SA, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008). La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.
Los ex trabajadores de PAYLANA, amparados en el subsidio por desempleo regido por el Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, y modificativas, que ingresen a trabajar en la Cooperativa de Trabajadores de Paylana (COTRAPAY), conservarán, al término o suspensión de la relación laboral, el derecho al subsidio por desempleo hasta agotar el término máximo previsto en las citadas normas y en la presente ley, aunque no hayan transcurrido doce meses desde que percibieron la última prestación.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
El monto del subsidio a liquidarse a los trabajadores referidos en el artículo 3° de la presente ley no podrá ser superior al establecido en el artículo 7.2) del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008.
JOSÉ MUJICA - NELSON LOUSTAUNAU - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMANContent-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
Se ha producido un error interno del sistema
Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.
El mismo será resuelto a la brevedad.
Muchas Gracias.
impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.