Transfiérense a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de
Economía y Finanzas) al del Instituto Nacional de Colonización, los
inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la 6ª Sección del
departamento de San José.
La ley operará como título y modo de la traslación de dominio, bastando
para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria,
un testimonio de la presente disposición, el que podrá ser complementado
con un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el
correcto asiento registral.