CREACION DE LA UNIDAD AGROALIMENTARIA METROPOLITANA AHORA DENOMINADA UNIDAD ALIMENTARIA DE MONTEVIDEO




Promulgación: 28/10/2011
Publicación: 14/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1055
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 Los Directores de la Unidad Alimentaria de Montevideo serán designados
por cinco años, pudiendo ser nombrados nuevamente por una única vez por
igual período.
A efectos del procedimiento de designación a que refiere el artículo 5°,
será de aplicación lo dispuesto por la Ley N° 18.104, de 15 de marzo de
2007.
Conjuntamente con la designación de los miembros titulares, y por el mismo
procedimiento, se designará igual número de suplentes, quienes
desempeñarán el cargo en ausencia temporal o permanente del titular
respectivo.
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