DECLARACION DE INTERES GENERAL. EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INTEGRACION SOCIO-HABITACIONAL JUNTOS




Promulgación: 24/10/2011
Publicación: 04/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1033
Reglamentada por: Decreto Nº 482/011 de 29/12/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VII - ADJUDICACIÓN DE LAS VIVIENDAS

Artículo 29

 (Expropiación).- Declárase de necesidad pública la expropiación de los
inmuebles que se requieran para la ejecución del Plan Nacional de
Integración Socio-Habitacional Juntos.
En caso de que el inmueble registre deudas con el Estado persona pública
mayor, entes autónomos y servicios descentralizados, el monto de las
mismas se descontará de la indemnización provisoria que deba depositar el
expropiante a los efectos de la toma urgente de posesión y de la
indemnización definitiva en caso de corresponder. A tales efectos, el
expropiante deberá acreditar la existencia de la deuda.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 33 (vigencia).
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