DECLARACION DE INTERES GENERAL. EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INTEGRACION SOCIO-HABITACIONAL JUNTOS




Promulgación: 24/10/2011
Publicación: 04/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1033
Reglamentada por: Decreto Nº 482/011 de 29/12/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VII - ADJUDICACIÓN DE LAS VIVIENDAS

Artículo 27

 (Reintegros).- Autorizada la venta por parte de la Unidad Operativa
Central, el núcleo familiar participante deberá reintegrar el valor del
terreno adjudicado por esta y el de las mejoras efectuadas, descontando el
de su mano de obra aportada.
A efectos de fijar el valor del terreno y las mejoras se estará a la
tasación de la Dirección Nacional de Catastro.
Cuando se autorice la venta al núcleo familiar participante en cuyo
terreno se hayan realizado mejoras por el Plan Juntos, la Unidad Operativa
Central podrá exigirle el reintegro del valor de las mismas, descontando
el de la mano de obra aportada por aquel.
Las sumas reintegradas de acuerdo con el presente artículo serán vertidas
al Fondo Nacional del Plan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 33 (vigencia).
Referencias al artículo
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