DECLARACION DE INTERES GENERAL. EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INTEGRACION SOCIO-HABITACIONAL JUNTOS




Promulgación: 24/10/2011
Publicación: 04/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1033
Reglamentada por: Decreto Nº 482/011 de 29/12/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO V - RECURSOS FINANCIEROS

Artículo 19

 (Excepciones).- Los recursos o partidas no afectados o ejecutados al
cierre de cada ejercicio continuarán integrando el Fondo Nacional del
Plan, pudiendo hacerse uso de los mismos en los ejercicios siguientes,
estando exceptuados de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N° 17.930,
de 19 de diciembre de 2005, y en el artículo 119 de la Ley N° 18.046, de
24 de octubre de 2006.
 (*)

(*)Notas:
Además, este artículo agregó a: TOCAF 1996 de 10/06/1997 artículo 33 
causal de excepción (Plan de Integración Social-Habitacional Juntos).
Ver en esta norma, artículo: 33 (vigencia).
Referencias al artículo
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