AUTORIZACION DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA A SUCRIBIR EL AUMENTO GENERAL DEL CAPITAL DEL BID A EFECTUAR APORTES ADICIONALES AL FONDO PARA OPERACIONES ESPECIALES DE DICHO ORGANISMO




Promulgación: 24/10/2011
Publicación: 03/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1032

Artículo 1

 Apruébase el aumento de recursos del Banco Interamericano de Desarrollo,
denominado "Noveno Aumento General de Recursos", que comprende un aumento
en el capital autorizado de US$ 70.000.000.000 (setenta mil millones de
dólares de los Estados Unidos de América) y un aumento en el Fondo para
Operaciones Especiales de US$ 479.000.000 (cuatrocientos setenta y nueve
millones de dólares de los Estados Unidos de América), de acuerdo con lo
resuelto por la Asamblea de Gobernadores mediante Resolución AG-7/10, de
21 de julio de 2010.

Artículo 2

 El Gobierno de la República suscribirá el número de acciones adicionales
correspondiente a Uruguay, que es de 66.967, de las cuales 1.627 acciones
son de capital pagadero en efectivo y 65.340 acciones de capital exigible.
El precio de cada acción es de US$ 12.063,43238 (doce mil sesenta y tres
dólares de los Estados Unidos de América con 43238/00000), por lo que la
suscripción total asciende  a US$ 807.851.876,19146 (ochocientos siete
millones ochocientos cincuenta y un mil ochocientos setenta y seis dólares
de los Estados Unidos de América con 19146/00000).

Artículo 3

 En lo que refiere al Fondo para operaciones Especiales, el Gobierno de la
República efectuará un aporte de hasta US$ 2.741.494 (dos millones
setecientos cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y cuatro dólares de
los Estados Unidos de América).

Artículo 4

 La integración de los nuevos aportes será realizada por el Banco Central
del Uruguay y formará parte de su capital, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 471 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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