PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 02 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Artículo 87

 Habilítase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 481
"Política de Gobierno", unidad ejecutora 001 "Servicios de Apoyo de la
Presidencia de la República", una partida anual de $ 31.000.000 (treinta y
un millones de pesos uruguayos), a efectos de realizar contrataciones
temporales del personal que se considere imprescindible hasta la
aprobación de las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo del
Inciso.

El crédito autorizado en este artículo será utilizado para la financiación
de dichas reestructuras, por lo que una vez aprobadas, la Contaduría
General de la Nación realizará las reasignaciones pertinentes.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).
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