PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION V
ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 19 TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Artículo 670

 Facúltase al Tribunal de lo Contencioso Administrativo a contratar
directamente, en la forma que éste determine, en régimen de dedicación
exclusiva, tres Asistentes Técnicos Abogados a partir del ejercicio 2011 y
dos adicionales a partir del ejercicio 2012, para prestar asesoramiento
técnico. Asígnase a tales efectos una partida anual de $ 3.670.875 (tres
millones seiscientos setenta mil ochocientos setenta y cinco pesos
uruguayos) aguinaldo y cargas legales incluidas a partir del ejercicio
2011 y una partida anual adicional de $ 2.447.250 (dos millones
cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos cincuenta pesos uruguayos) a
partir del ejercicio 2012.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales
correspondientes.
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