PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION II
FUNCIONARIOS

Artículo 61

 Dispónese que en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, toda
retribución clasificada como "compensación personal", por norma legal o
reglamentaria o en virtud de su aplicación, será absorbida por ascensos o
regularizaciones de su titular, posteriores al momento de su otorgamiento,
salvo disposición expresa en contrario.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 468.
Referencias al artículo
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