PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 591

 Autorízase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social",
programa 501 "Relaciones y Condiciones Laborales", unidad ejecutora 007
"Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social", una partida
anual de $ 6.875.182 (seis millones ochocientos setenta y cinco mil ciento
ochenta y dos pesos uruguayos) para la contratación del personal que se
considere imprescindible, hasta la aprobación de las reestructuras
organizativas y de puestos de trabajo del Inciso.
Los créditos presupuestales autorizados por este artículo serán utilizados
para la financiación de dicha reestructura, por lo que, una vez aprobada
la misma, la Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones
que correspondan.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).
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