SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 13
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 581
Autorízase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social",
programa 501 "Relaciones y Condiciones Laborales", unidad ejecutora 001
"Dirección General de Secretaría", una partida anual de $ 10.727.760 (diez
millones setecientos veintisiete mil setecientos sesenta pesos uruguayos)
destinada a la contratación de personal que se considere imprescindible,
hasta la aprobación de las reestructuras organizativas y de puestos de
trabajo del Inciso.
Los créditos autorizados en este artículo serán utilizados para la
financiación de dicha reestructura, por lo que, una vez aprobada, la
Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones pertinentes.
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).