PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 13 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 578

 Habilítase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social",
una partida de $ 50.577.465 (cincuenta millones quinientos setenta y siete
mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos uruguayos), en el grupo 0,
incluido aguinaldo y cargas legales, financiación 1.1 "Rentas Generales",
con destino al pago de una compensación mensual por alimentación para los
funcionarios del Inciso y para aquellos funcionarios de otras
reparticiones que presten efectivamente funciones en él.
La Contaduría General de la Nación reasignará los créditos presupuestales
existentes en el objeto del gasto 578.099, financiación 1.1 "Rentas
Generales", de la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría",
como parte del financiamiento de la prestación autorizada en la presente
norma en sustitución del beneficio establecido en el artículo 340 de la
Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.
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