SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 570
Créase la Red Nacional de Donación y Trasplante en los Efectores Públicos
y Privados del Sistema Nacional Integrado de Salud, con el objetivo de
aumentar el número de donantes para trasplantes a través de la procuración
de órganos, tejidos y células. El Poder Ejecutivo reglamentará su
funcionamiento.