SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 483
Increméntanse en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras
Públicas", unidad ejecutora 007 "Dirección Nacional de Transporte",
financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 579.014 "Subsidio
boletos estudiantes" en $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos
uruguayos) para el ejercicio 2011 y en $ 83.000.000 (ochenta y tres
millones de pesos uruguayos) anuales a partir del año 2012, a efectos de
facilitar el acceso al transporte de los estudiantes en los servicios bajo
el control del Inciso.
El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, reglamentará la utilización de la partida autorizada en el
inciso anterior.