SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 08
MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA
Artículo 387
Increméntase en el Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y
Minería", en los programas, unidades ejecutoras y proyectos, las partidas en moneda nacional con cargo a la financiación 1.1 "Rentas Generales", que se detallan:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 18.719 de
27/12/2010.