PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 263

 El Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa "Atención Integral de la
Salud", unidad ejecutora "Dirección Nacional de Sanidad Policial",
transferirá a Rentas Generales con cargo al artículo 86 de la Ley N°
13.640, de 26 de diciembre de 1967, modificativas y concordantes, los
importes hasta completar los siguientes porcentajes de la recaudación
total anual de dicha fuente de financiamiento, a efectos de contribuir al
financiamiento de las contrataciones de personal que se realizarán con
cargo a "Rentas Generales":

2012     36%
2013     37%
2014     39%

En el ejercicio 2011 deberá transferirse a Rentas Generales, a los efectos
establecidos en el inciso precedente, el equivalente al 65% (sesenta y
cinco por ciento) del costo para ese ejercicio, de los cargos creados en
el artículo 260 de la presente ley que se ocupen, con un máximo del 35%
(treinta y cinco por ciento) de la recaudación total anual a que refiere
el inciso primero de la presente norma.
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