PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2010 - 2014




Promulgación: 27/12/2010
Publicación: 05/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1634
Referencias a toda la norma

SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 193

 Autorízase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", unidad
ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica", en el grupo 0 "Servicios Personales" con cargo a la
financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida de $ 5.000.000 (cinco
millones de pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales, para la
contratación del personal que se considere imprescindible, hasta la
aprobación de las reestructuras organizativas y de puestos de trabajo en
esa unidad ejecutora. Estos créditos serán utilizados para la financiación
de dichas reestructuras, por lo que, una vez aprobadas las mismas, la
Contaduría General de la Nación realizará las trasposiciones pertinentes.

Autorízase una partida de $ 10.695.586 (diez millones seiscientos noventa
y cinco mil quinientos ochenta y seis pesos uruguayos) incluidos aguinaldo
y cargas legales, para compensar la actividad de los Controladores de
Tránsito Aéreo en dicha unidad ejecutora. El Poder Ejecutivo reglamentará
la distribución de la referida partida. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 206/011 de 08/06/2011.
Ver: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 9 (interpretativo).
Referencias al artículo
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